Calendario definitivo para pasar la ITV, no habrá más moratoria
- El Gobierno concedió una prórroga de al menos 45 días a los vehículos que les caducó la ITV durante el estado alarma.
- Desde el 1 de septiembre ya no hay más moratorias.
La declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus dejó más de cinco millones de vehículos con la ITV caducada en España. Una enorme cifra que obligó a las estaciones de inspección técnica a reabrir con un horario y plantilla ampliados para poder absorber estas revisiones añadidas. Según datos de las entidades asociadas en AECA-ITV, quedan unos dos millones de vehículos aún pendientes de pasar la ITV.
El Gobierno concedió una prórroga de al menos 45 días a los vehículos a los que les caducó la ITV durante el estado alarma. Además, aquellos ejemplares cuya fecha de vencimiento estuviera comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020, y no la hubiesen realizado, tienen una prórroga de 3 meses para superarla a contar desde su fecha de vencimiento. Desde el 1 de septiembre ya no hay moratorias. Así, los plazos vigentes para llevar los ejemplares cuya ITV caducó antes del corriente mes son los siguientes.
Calendario definitivo ITV
Plazos para pasar las inspecciones vencidas:
- Del 4 al 10 de abril: hasta el 18 de septiembre
- Del 11 al 17 de abril: hasta el 3 de octubre de 2020
- Del 18 al 24 de abril: hasta el 18 de octubre de 2020
- Del 25 de abril al 1 de mayo: hasta el 2 de noviembre de 2020
- Del 2 al 8 de mayo: hasta el 17 de noviembre de 2020
- Del 9 al 15 de mayo: hasta el 2 de diciembre de 2020
- Del 16 al 22 de mayo: hasta el 17 de diciembre de 2020
- Del 23 al 29 de mayo: hasta el 2 de enero de 2021
- Del 30 de mayo al 5 de junio: hasta el 16 de enero de 2021
- Del 6 al 12 de junio: hasta el 31 de enero de 2021
- Del 13 al 19 de junio: hasta el 15 de febrero de 2021
- 20 de junio: hasta el 2 de marzo de 2021
- Del 21 de junio al 31 de agosto: Tres meses a contar desde que el trámite caducó.
De este modo, los conductores que les venció el mismo día que se levantó el estado de alarma disponen hasta el 21 septiembre para pasar la revisión y a quienes les caducó el 31 de agosto tienen tiempo hasta el 30 de noviembre para pasarla.
Es muy importante recordar que, según el artículo 29.1 del Real Decreto 26/2020, a los efectos del cómputo de la nueva inspección, se toma como referencia la fecha de validez que consta en la tarjeta ITV y no cuenta, en ningún caso, el periodo de prórroga. Esto ha levantado las quejas de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), pues considera que, en la práctica, esta revisión puede durar menos que otros años, lo que supone un agravio para muchos usuarios, que deberán volver a pasar -y pagar- por la ITV antes de lo que les debería corresponder.
Redactor de MedialTV. Presenta los programas «El Foro» y «Reportajes» en la televisión de este medio.