El Ayuntamiento de Arahal publica un Bando sobre la venta y utilización de material pirotécnico

  • Este bando ha sido publicado de cara a las fechas navideñas que se aproximan y en las que son más frecuente el uso de material pirotécnico por parte de la población 

Se acercan las fechas navideñas y de celebración, y ello atrae al uso de material pirotécnico por parte de la población. En días como la noche de nochebuena o el fin de año, suele atraer al uso de petardos para celebrar dichas fechas. Dicho material pirotécnico es motivo de alegría para algunos, sin embargo es muy molesto para otros. Incluso puede llegar a ser un problema serio para algunos. Desde el Ayuntamiento de Arahal se ha hecho público un bando sobre la venta y utilización de material pirotécnico.

El bando es un mandato publicado por el alcalde o alcaldesa, de obligatoria y general observancia. Tiene un carácter más solemne tanto en su forma de redactarse como en la de publicarse, aunque carece de valor normativo.

Bando sobre la venta y utilización de material pirotécnico
  1. PRIMERA: Queda prohibida la venta y distribución de petardos, fuegos de artificio y similares a la población infantil, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 1 de la referida Circular de 26 de noviembre de 2010, del Delegado del Gobierno en Andalucía.
  2. SEGUNDA: Los establecimientos que distribuyan tales artículos, deberán estar en posesión de las pertinentes autorizaciones, tanto de la Administración Local como de la Delegación del Gobierno en Andalucía, Área Funcional de Industria y Energía.
  3. TERCERA: Queda prohibida el uso incontrolado de material pirotécnico en la vía pública.
  4. CUARTA: Las infracciones a lo dispuesto en este Bando serán sancionadas por la Alcaldía, teniendo en cuenta las circunstancias que puedan determinar una mayor o menor gravedad de los hechos, como el peligro para la salud pública, la falta de colaboración ciudadana y el desprecio de normas elementales de convivencia. Las sanciones que se impongan se ajustarán a lo dispuesto en la legislación sobre Régimen Local.
  5. QUINTA: Este Ayuntamiento establecerá las medidas necesarias para el control y vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Bando.
  6. SEXTA: Este Bando entrará en vigor desde el mismo momento de su publicación, lo que se hace público y de general conocimiento para su cumplimiento.

 

Pablo Zafra

Redactor de MedialTV web y en la televisión de este medio.

error: Este contenido está protegido