El plazo para solicitar la bonificación de los RSU se abre el próximo jueves
El jueves 15 de octubre se abrirá el plazo de solicitud de la Bonificación de las Tasas de Residuos Sólidos Urbanos. El plazo estará abierto hasta el próximo 30 de noviembre del presente año y podrán beneficiarse del mismo los colectivos que cumplan los siguientes requisitos:
– Familias en situación de Emergencia Social, cuya media de los ingresos de la unidad de convivencia en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud no superen el 1,5 del IPREM, es decir, 806,76 euros/mes, sin poseer más del 50% de un segundo bien siempre que no sea titular del restante 50% otro miembro de la unidad familiar).
– Los pensionistas, de acuerdo a las Ordenanzas (perciban mensualmente un importe inferior a dos veces el IPREM, 1.075,68 euros, la unidad de convivencia, sin poseer más del 50% de un segundo bien siempre que no sea titular del restante 50% otro miembro de la unidad de convivencia, además del pensionista).
– Las familias numerosas, de acuerdo a las Ordenanzas (tengan el título expedido por la Junta de Andalucía en vigor, y sean sujetos pasivos de la tasa por una única vivienda y ésta corresponda al domicilio habitual de la unidad de convivencia, pudiendo poseer hasta el 50% de un segundo bien siempre que no sea el titular del restante 50% otro miembro de la unidad de convivencia, tendrán derecho a una bonificación sobre la cuenta íntegra de la tasa, en los términos y condiciones siguientes:
• 50% cuota íntegra = familia numerosa con 3 hijos (2 si uno de ellos tiene la condición de persona con discapacidad). Los ingresos mensuales de la unidad de convivencia en los doce meses anteriores a la solicitud no podrán superar 3 veces el IPREM, 1.613,52 €.
• 50% cuota íntegra = familia numerosa con 4 hijos (3 si uno de ellos tiene la condición de persona con discapacidad). Los ingresos mensuales de la unidad de convivencia en los doce meses anteriores a la solicitud no podrán superar 3,5 veces el IPREM, 1.882,44 €.
• 50% cuota íntegra = familia numerosa con 5 hijos (4 si uno de ellos tiene la condición de persona con discapacidad). Los ingresos mensuales de la unidad de convivencia en los doce meses anteriores a la solicitud no podrán superar 4 veces el IPREM, 2.151,36 €.
Nota: Se entenderá por vivienda habitual aquella en que se encuentren empadronados la unidad de convivencia.
Redactor de MedialTV. Presenta los programas «El Foro» y «Reportajes» en la televisión de este medio.