14 años de cárcel por violar a su hija en Arahal

  • Tal y como publica Europa Press, El TSJA confirma esta pena impuesta por la Audiencia de Sevilla por estos hechos ocurridos en 2018.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 14 años, tres meses y un día de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla a un vecino de Arahal por violar «con frecuencia» a su propia hija. En este caso, además, pesa que la víctima sufre un retraso mental ligero, con un grado de discapacidad del 65 por ciento.

Según recoge Europa Press en una sentencia emitida el pasado 20 de diciembre de 2021, el TSJA aborda un recurso de apelación interpuesto por un varón, contra una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que le condena a esta pena por esos hechos.

Dicha audiencia considera que se produjeron en la vivienda familiar, en Arahal, “desde enero de 2018 hasta el 15 de mayo del mismo año”. La sentencia dicta que “el acusado, aprovechando las noches que su esposa no dormía en casa, por atender a un familiar, y con intención de satisfacer sus deseos libidinosos, se adentraba en la habitación de su hija y se introducía completamente desnudo en la cama de la misma, llegando a mantener con ésta relaciones sexuales con penetración, sin que ella se resistiera, por el miedo que tenía».

También, la Audiencia declaró probado que “para evitar que su hija se negase o hiciese público lo ocurrido, el acusado le manifestaba expresiones tales como, ‘si cuentas esto iremos todos a la cárcel’, ‘los dos iremos a la cárcel’, ‘como cuentes algo te voy a matar'».

Así, el inculpado consiguió que la víctima de estos hechos “mantuviese una actitud pasiva y no mostrase oposición activa”.

Según la sentencia inicial a la que también hace referencia Europa Press, los hechos (acontecidos “con frecuencia en ese primero tramo del año 2018), fueron descubiertos por uno de los hijos del requerido. Debido a ellos, la víctima necesitó ingreso en el Área de Psiquiatría de Valme.

Por eso, además la pena de prisión, la Sección Primera de la Audiencia impuso 8 años de libertad vigilada al salir de la cárcel, 19 años de prohibición de acercarse a su hija o comunicarse con ella y una indemnización de 20.000 euros en favor de la misma, así como la determinación de que su clasificación en tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectuaría hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.

Frente a esta decisión, el inculpado interpuso de apelación, que ahora el TSJA desestima y confirma la sentencia la pena de cárcel y el resto de sanciones. Únicamente, deja sin efecto “el pronunciamiento según el cual la clasificación en tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectuará hasta el cumplimiento de la mitad de la pena”.

Fuente: Europa Press

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